martes, 9 de septiembre de 2008

Procedimiento Acceso de Visitantes

1. ingreso por la entrada de visitantes.

2. anotar datos del visitante en la planilla. 

3. abrir barrera e invitarle a esperar en el sitio sin interrumpir el tráfico de vehículos, hasta obtener la autorizacion por parte del propietario hacia donde se dirige.

 4. si es negativa  la autorización, informar al visitante e indicarle la salida, abrir la barrera de salida y despedirle.

5. si es positiva la autorización, asignarle el no. de estacionamiento a utilizar, darle las instruciones precisas del procedimiento a seguir, entregarle el acrilico identificativo para colocarlo en la parte delantera del vehículo. 

6. remitirlo al estacionamiento de visitantes, avisar al vigilante encargado  del estacionamiento de visitantes

 7. el vigilante del estacionamiento de visitantes, conduce al visitante al estacionamiento asignado,  abre el cepo, y le indica al visitante cuánto tiempo puede permanecer allí 

8. al terminar la visita, el vigilante del estacionamiento de visitantes, revisará que todo esté en órden, y le solicitará al visitante dirigirse a la salida para entregar el acrílico identificativo, le despide. 

9. al llegar a la garita de salida, el oficial recibirá el acrílico identificativo, anotará la hora de salida del visitante y lo despedirá.

En caso de ingreso de vehiculos de carga, el acceso será permitido unicamente con la presencia del propietario. 

Cuando se trata de mudanzas (ingreso ó salida), remodelaciones,  ó similares, es absolutamente necesario tener la autorización escrita de la administración del edificio, y/o la junta de condominio, y unicamente durante  el  horario autorizado. 

No se permitirá el acceso a personal obrero sin la previa autorización escrita de la administración, la identificación plena en la garita principal, y la presencia del propietario, y unicamente por el acceso designado para ese fin. 

El area de la calle de acceso al conjunto residencial no será utilizado como estacionamiento público, ni de visitantes. únicamente  podrán permanecer allí temporalmente  los vehículos de carga previamente identificados, vehículos de emergencia (policia, bomberos, ambulancias, carros funerarios), taxis ó vehículos particulares que esperan a pasajeros del conjunto residencial plenamente identificados. 

Los oficiales de seguridad  no estan autorizados a alquilar, prestar ó adjudicar ninguna de las áreas comunes, estacionamientos ni accesos al conjunto reidencial,  ni mucho menos solicitar y/ó aceptar ningún tipo de beneficio ni en dinero ni en especie  por ese tipo de “favores”, so pena de ser despedidos de inmediato, por tomarse atribuciones que no son inherentes a su cargo.  Estos oficiales están para dar fiel cumplimiento a la normativa que rige nuestro conjunto residencial, sin excepción.